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¿Puedo demandar por acoso mediante Whatsapp, Facebook o E-mail?

  • 20 de enero de 2016

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La respuesta es SI. Una reciente sentencia dictada por el titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, Manuel Piñar, según la cual ha condenado a una mujer que acosaba a su ex novia a través de mensajes por WhatsApp, correo electrónico y Facebook (demanda whatsapp facebook email) al considerarla culpable de un delito de malos tratos psíquicos habituales y de otro delito de lesiones psíquicas.

Los hechos se iniciaron cuando ambas mujeres dejaron de trabajar juntas, el 7 de junio de 2011, y se prolongaron hasta el mes de julio de 2013. Más de dos años durante los cuales la víctima fue continuamente acosada por la acusada a través de mensajes vía Facebook, WhatsApp y correo electrónico.

Métodos del acosador en redes sociales

La acosadora siempre mostraba el mismo patrón: primero hacía ver a su víctima que aceptaba la situación para después tratar de reanudar la relación; al obtener una negativa por respuesta, la acosadora cambiaba radicalmente de actitud y comenzaba a insultar y humillar a la víctima con expresiones tales como “hija de puta”, “mentirosa”, “falsa”, “loca”, “esquizofrénica”, “rastrera” o “hipócrita” entre otras tantas sin olvidar amenazarla con que “esto lo va a saber todo el mundo”.

Durante esos dos años la víctima recibió más de 2000 mensajes de este tipo, y aunque la bloqueó en WhatsApp y cambió su número de teléfono, el temor a que la acosadora interviniera también en las redes sociales donde la víctima buscaba empleo le acabó por generar un grave cuadro de ansiedad definido como “trastorno de adaptación mixto, con características clínicas de gravedad, como son el abandono laboral, el retraimiento social y la ideación suicida” que se prolongó durante seis meses de tratamiento y que, finalmente le ha dejado secuelas psicológicas.

Demanda y sentencia

El juez, en su sentencia, recoge que la acusada, la cual ha llegado a alegar trastorno mental, tenía la clara intención de hacer daño a su víctima y sabía como hacerlo. Por ello, finalmente la ha condenado a indemnizar a su víctima con 23000 euros además de establecer una orden de alejamiento de 50 metros por un período de dos años. Esta sentencia ha sido posible en parte al trabajo técnico e informático realizado por un experto Perito Informático.

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