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Delitos y Whatsapp

  • 3 de julio de 2015

En los tiempos que corren los ciberdelitos cometidos por menores aunque también por adultos, aunque no sean objeto de este reportaje están a golpe de «click». O de la tecla «compartir» en redes sociales. O de la de «enviar». Peor aún: «enviar a todos tus contactos». En resumen: está en la difusión de cierto material considerado humillante para la víctima, o pornográfico, aún cuando este material, como fotos sin ropa, haya sido transferido de forma voluntaria.

Los datos muestran que el fenómeno de compartir archivos, mensajes, vídeos o fotografías de unos menores a otros es imparable. El Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia (Penia 2013-2013) revela que el 87% de los menores que tienen 15 años cuentan con teléfono móvil con conexión a internet. El Instituto Nacional de Estadística (INE) ya computó en 2011 que el uso de ordenadores entre la población infantil de 10 a 15 años era del 95%, y que el 87, 1% lo tenía conectado a la red.

La expansión de internet ha propiciado que ciertos delitos campen a sus anchas por la red y que determinadas conductas delictivas estén más ligadas a la población menor de 18 años debido a que son los nativos tecnológicos y que el ciberespacio es su entorno natural.

La Fiscalía de Alicante alerta del alto porcentaje de delitos contra la intimidad o de distribución de material pornográfico entre menores que ya se derivan de un mal uso del Whatsapp, una de las aplicaciones de mensajería instantánea más utilizados en la actualidad. Según el coordinador de fiscales de Menores de Alicante, Carlos Ferreirós, las conductas delictivas ligadas a la difusión de fotografías y vídeos a través del Whatsapp son ya habituales. Ferreirós pone un ejemplo. «Ocurre cuando una menor, centrada en el amor de su vida en la adolescencia, donde todo es tan intenso, envía una foto con poca ropa y en cierta actitud provocativa que cree que solo va a ver su chico».

Tras un episodio de ruptura, celos, o un mal uso de la fotografía por parte de terceros, añade Ferreirós, «la menor aparece en esa actitud ante decenas de amigos del chico y otras cientos de personas si la fotografía se sube a las redes sociales», con las consecuencias que ello conlleva en relación a su imagen, su integridad o su intimidad.

Así, la difusión de ese material puede llegar a considerarse según la legislación vigente en materia de menores un delito contra la intimidad y revelación de secretos o de difusión de contenido sexual entre menores, pudiendo tener variedades como la tenencia de material pornográfico o consecuencias para la menor cuando terceros utilizan esa foto para practicar la extorsión sobre la víctima. Y todo por estar enamorada y hacer «click» en el botón de «enviar».

Según explica la catedrática de Derecho Penal en la Universidad de Castellón y experta en Redes Sociales, Maria Luisa Cuerda, uno de los factores de riesgo que influye en estos episodios es el «diluido concepto de privacidad que tienen los menores».

Cuerda explica que la inmadurez lleva a la propia víctima «a proporcionar al agresor una fuente inagotable de datos de interés que facilitan la comisión del ilícito». Según esta catedrática, en general, el sector más vulnerable se da entre los menores de 10 a 15 años. Añade que después no se atreven a denunciar en muchos casos por el miedo a represalias o a que los padres le corten el acceso a Internet. El móvil, al igual que las redes sociales, favorece la coparticipación en el delito debido a la gran difusión y a la menor percepción del daño por la falta de contacto personal, incluso por la propia ignorancia del agresor de las consecuencias causadas de su conducta.

Esta catedrática considera que el ciberespacio supone un nuevo escenario de delincuencia para delitos que ya están recogidos y tipificados en el Código Penal. Compartir y difundir una fotografía en las redes es lo que se conoce como publicidad, al igual que las humillaciones constantes e insultos en un muro de Facebook se consideran unas injurias. «Lo que pasa es que ahora se les pone el nombre en inglés, como el sexting o el ciberbulling y parecen delitos nuevos, pero son los de siempre en un nuevo espacio, y el Código Penal y la normativa vigente es capaz de dar respuesta a ese tipo de actos delictivos». «Hace falta más educación y menos leyes», concluye.

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