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Los pantallazos de mensajes en redes sociales insuficientes en juicios

  • 26 de mayo de 2015

El Tribunal Supremo ha fijado en una sentencia los criterios para aceptar los mensajes de las redes sociales como prueba en los juicios, por lo que se considerará indispensable realizar una prueba pericial sobre los documentos que se aporten para identificar el verdadero origen de esa comunicación, la identidad de sus interlocutores y la integridad de sus contenidos.

La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, confirma una condena impuesta en noviembre de 2014 por la Audiencia de Valladolid que condenó a 5 años y un día de prisión a un hombre por abusos sexuales a una menor. La acusación particular aportó a la causa los «pantallazos» de la cuenta de Tuenti de la menor.

La resolución puntualiza que la prueba de una comunicación bidireccional mediante sistemas de mensajería instantánea debe ser abordada con «todas las cautelas», debido a que «la posibilidad de una manipulación forma parte de la realidad de las cosas».

Tecnoperitaciones valora con gran exito esta noticia debido a que se pone un limite y un control a las pruebas que se presentan en juicio y que la mayoria de las veces estan sin peritar.

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