18 de abril de 2023
Cada vez es más frecuente recurrir, ante un procedimiento de despido o sanción al trabajador, a la revisión de los medios técnicos y digitales que la empresa pone en manos de los trabajadores para el desempeño de su puesto laboral. Aquí es fundamental la labor del perito informático mediante un informe técnico que analice todos los dispositivos y pueda dictaminar mediante herramientas de Informatica forense la actividad que ha tenido lugar en dichos equipos así como la detección del borrado de informacion corporativa por parte del usuario, mala práctica por parte del empresario, actividad irregular durante la jornada de trabajo etc.
Durante los últimos años, ha tenido lugar diversos cambios en la legislación laboral española en cuanto a cuestiones sobre la relación laboral. En la redacción originaria del Estatuto de los Trabajadores se exigía autorización previa de la Autoridad Laboral competente, en caso de falta de acuerdo con la Representación Legal de los Trabajadores, para que el empresario pudiera imponer modificaciones relevantes, tanto individuales como colectivas (cambios de residencia, despidos/sanciones por causas de fuerza mayor, etc).
Es a partir de la reforma laboral de 1994 cuando la situación comienza a cambiar, y la autorización administrativa previa ha ido siendo progresivamente sustituida por una decisión empresarial justificada y controlada a posteriori por la jurisdicción social. Esto afectó inicialmente a las decisiones empresariales de flexibilidad interna para acabar afectando también, desde 2012, a las decisiones extintivas de la relación laboral.
La legislación española sólo exige expresamente un informe técnico y una memoria explicativa de las causas y de otros aspectos, en los despidos colectivos (art 51.2 del ET). En algunos supuestos, los órganos judiciales han considerado conveniente un informe y más información justificativa de la causa (por ejemplo en la Stcia del TS de 26 de junio de 2018 en un supuesto de modificación sustancial) o bien alguna información adicional y la superación del juicio de proporcionalidad cuando se ve afectado el derecho a la intimidad del trabajador (por ejemplo en la Stcia AN de 6 de febrero de 2019 en un supuesto de implantación de un sistema de geolocalización).
En este ambito, resulta muy recomendable disponer de una opinión objetiva externa que apoye las razones económicas, técnicas, organizativas, productivas y/o de fuerza mayor que justifiquen las decisiones empresariales de movilidad funcional (art 39.2 del ET), movilidad geográfica (art 40 del ET), modificación sustancial de condiciones (art. 41 del ET), ERTEs (art 47 del ET), despido objetivo (art 53 del ET) o inaplicación del convenio colectivo (art 82 del ET).
Por otro lado existen un gran número de decisiones empresariales que requieren de una justificación razonable cuyo nivel de complejidad puede hacer conveniente un informe elaborado por un tercero que proporcione mayor objetividad, por ejemplo:
Disponer de un informe técnico pericial informático en el ambito laboral, además de proporcionar seguridad jurídica, este tipo de informes constituye un elemento básico para soportar el proceso de comunicación interna y externa, así como para apoyar la reputación interna y externa de la empresa, haciendo más transparentes y creíbles los motivos que justifican este tipo de decisiones tanto para los trabajadores como para accionistas, clientes, proveedores y, en definitiva, para la sociedad en su conjunto.
Precedido de una contextualización introductoria de la realidad de que se trate, el contenido de un Informe Pericial Forense Laboral debe contemplar, al menos:
Es vital la autoría de este tipo de informes por parte de un perito judicial Informático acreditado: ingeniero en informática, colegiado y con trayectoria previa en este tipo de tareas. Con ello se consigue por parte del perito una actuación ante el órgano judicial valida, se pone de manifiesto y acredita su experiencia en las cuestiones sobre las que han emitido su opinión.
En un proceso de toma de decisiones laborales en el que intervengan los medios corporativos técnicos e informáticos, resulta muy recomendable disponer de un Informe Pericial Forense Informático Laboral, elaborado por un profesional con experiencia (perito ingeniero informático colegiado), que aporte una visión externa preventiva e independiente, contenga una propuesta de alternativas de actuación elaboradas con criterios razonables de gestión y que incluya criterios objetivos de selección de los trabajadores afectados por cada medida.
Desde TecnoPeritaciones ponemos en manos del área o representantes legales, un Informe Pericial Forense Informático Laboral que aporta seguridad jurídica, soporte para el proceso de validación de evidencias técnicas y acredita los hechos ocurridos mediante el registro de medios tecnológicos.
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